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Estado impone estricta ley de tránsito terrestre

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente dominicano, Danilo Medina, promulgó la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Esa ley establece que podrán pasar al sector privado o convertirse en empresas mixtas el Metro capitalino y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses.

La legislación crea el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) que regulará la movilidad del tránsito y la seguridad vial en el país .

También elimina la Dirección General de Tránsito Terrestre, la Oficina Técnica de Transporte Terrestre y el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre.

Entre otras cosas establece que los conductores del transporte público tendrán un plazo para obtener certificado de aptitud psicofísica y técnica.

El mismo debe ser emitido por una escuela de capacitación para conductores y aprobada por el Intrant, señala.

Otro factor positivo para los choferes de alquiler es que les garantizará su participación en las rutas y en su modificación.

Asimismo establece límites para el uso de vehículos en el transporte público, según la antigüedad a partir del año de fabricación.

Ello implica que aquellos vehículos que excedan los años de vida útil no podrán obtener la renovación del marbete que regula la circulación.

También determina que el importe de las multas impuestas a conductores infractores se divide entre la Procuraduría General de la República y el Intrant.

Quien viole leyes del tránsito tendrá que pagar desde un salario mínimo hasta 20 y quien provoque incidentes lamentables verá cancelada la licencia de uno a cinco años.

La nueva ley indica que quien haya sido multado no podrá renovar licencia, revisar vehículos, ni traspasarlos a otro ciudadano hasta tanto pague dicha multa.

El infractor tendrá un plazo de 30 días para pagar la multa o para impugnar ante un tribunal de tránsito la violación, define la ley.

Los conductores del transporte público deberán ser mayores de 21 años, no exceder los 65, tener documento de buena conducta y carecer de antecedentes penales, indica.

Además, a los choferes de transporte público les exige una escolaridad básica y pasar entrenamiento del Intran.

La ley dispone que se suspenderá la licencia a quien diere lugar a la efectiva interrupción del servicio público, como consecuencia de un paro patronal.

Otras medidas son la prohibición de transportar en un vehículo un número de pasajeros mayor a la capacidad indicada por el fabricante.

En el caso de niños de hasta 12 años de edad, deberán ser transportados en los asientos traseros del vehículo, salvo en camionetas de una cabina, señala.

Quienes conduzcan transportes escolares estarán obligados a renovar la licencia al inicio de cada año lectivo y pasar examen médico y psicológico, establece la ley.

PL

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