El sistema estará integrado por la comisión nacional de búsqueda, con comisiones estatales, y un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Al momento en que se reporte o denuncie la desaparición niños y jóvenes menores de 18 años se iniciará la carpeta de investigación en todos los casos y comenzará la búsqueda especializada de manera inmediata y diferenciada.
Los delitos de desaparición forzada de personas serán perseguidos de oficio y tienen el carácter de permanentes o continuos, en tanto el paradero de la persona desaparecida no se haya determinado o sus restos localizados y plenamente identificados.
El Senado turnó la iniciativa de ley a la Cámara de Diputados, cuyas comisiones de Derechos Humanos y Justicia dictaminarán al respecto.