La mayoría de los magistrados validó la medida a pesar de que esta figura jurídica no está prevista en la Constitución en el caso de los jóvenes; únicamente para los adultos sometidos a proceso penal.
En caso de que se cumplan los cinco meses sin que se dicte sentencia, el adolescente será puesto en libertad de inmediato, mientras siga el proceso, ‘pudiéndosele imponer otras medidas cautelares’, dispone el artículo.






